lunes, 23 de septiembre de 2013

PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE, LA NUEVA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL



El Gobierno de nuestro aprobó el viernes pasado el proyecto de ley de nueva reforma del Código Penal Español, que, entre otras cosas, agrava las penas de los delitos de piratería en internet y aumenta la persecución de los delitos de corrupción. No obstante, estas no son las principales novedades que se han establecido. La principal medida introducida es la creación de la nueva pena de prisión permanente revisable, que se prevé para casos de asesinato que revistan una especial gravedad.  De esta forma, el Ministerio de Justicia, liderado por Alberto Ruiz Gallardón, continúa con la tendencia a endurecer la ley penal que ha protagonizado los últimos años.

En este sentido, la prisión permanente revisable es una suerte de condena a cadena perpetua con carácter revisable a los veinticinco años. Esto se aplicará a las personas condenadas  como reos  de homicidio terrorista, magnicidio, crímenes de lesa humanidad y asesinato agravado, entendiendo por ese último aquellos que se realicen contra menores o discapacitados o aquellos que se hayan acompañados de agresiones sexuales (violaciones). 

En estos casos, el condenado pasaría entre veinticinco y treinta y cinco años en la cárcel y, después, sería evaluado por un tribunal que determinaría si ha sido rehabilitado y puede salir de prisión. En caso de que el tribunal entiende que la rehabilitación no se ha producido, el preso continuará en prisión, pero volverá a ser evaluado cada año.

A pesar de esto, el Ministro afirma que su propuesta es flexible, y que, aunque en algunos casos endurece las penas, en otros suaviza la legislación, por ejemplo, facilitando el acceso a la libertad condicional. 

No obstante, a pesar de que el proyecto de ley ha sido aprobado, todavía tiene que ser aprobado por el Parlamento, proceso que podría alargarse entre seis meses y un año.



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