El delito de receptación es un delito contra el patrimonio que se produce cuando una persona que tiene conocimiento de la comisión de un delito contra la propiedad en el que no haya intervenido, colabora con los culpables para obtener beneficios de los efectos de dicho delito.
La pena establecida para este delito es de prisión de seis meses a dos años, no obstante existen tipos agravados para el caso de que se traficase con los bienes adquiridos.
Para más información sobre los delitos contra el patrimonio consulte con el despacho de abogados Ciriano&Asociados en Zaragoza.
sábado, 10 de agosto de 2013
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